Un informe del perito médico forense Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos cambia el rumbo de un procedimiento

La revisión técnico forense de unas lesiones inicialmente atribuidas a una agresión introdujo una hipótesis de autolesión que terminó siendo relevante para la absolución del acusado. Un procedimiento judicial que en su fase inicial fue abordado como un presunto caso de violencia de género dio un giro tras la incorporación de un informe elaborado por el perito médico forense Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos, cuya valoración técnica abrió una línea interpretativa distinta sobre el origen de las lesiones analizadas y terminó resultando determinante para el desenlace del proceso.

La causa se inició a partir de una denuncia en la que una mujer atribuía a su pareja varias lesiones de carácter contusivo. La apariencia externa de esos daños, unida al contexto descrito en la denuncia, orientó la investigación hacia la hipótesis de una agresión, activando la respuesta judicial prevista para este tipo de procedimientos. Durante los primeros compases del caso, la versión incriminatoria parecía sostenerse sobre la propia existencia de lesiones visibles y sobre la interpretación inicial de su mecanismo de producción.

Sin embargo, la defensa contrató una pericial médico legal independiente con un objetivo concreto: determinar si la morfología, localización, distribución y evolución temporal de las lesiones resultaban compatibles con una agresión cometida por un tercero en las circunstancias relatadas. El encargo recayó en Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos, perito médico forense, famoso por ser el único forense español formado en Harvard, y con actividad habitual en Miami, que llevó a cabo un examen detallado de la documentación clínica, de las imágenes incorporadas a las actuaciones y de los elementos biomecánicos relevantes para el análisis de los hechos.

Según la pericial presentada en sede judicial, varios de los hallazgos observados no encajaban de forma coherente con una dinámica lesiva de violencia interpersonal. El informe señalaba, entre otros aspectos, que determinadas marcas se encontraban en zonas anatómicamente accesibles para la propia lesionada, que su configuración no reproducía con claridad patrones típicos de sujeción o forcejeo y que la ausencia de otros signos complementarios debilitaba la hipótesis inicial de agresión. A ello se sumaba una cronología lesional que, siempre según el dictamen, planteaba dudas relevantes sobre la correspondencia exacta entre el relato ofrecido y la data compatible con algunos de los daños apreciados.

Frente a la interpretación inicial, el trabajo de Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos introdujo una hipótesis alternativa: la posible existencia de lesiones autoinfligidas. La relevancia de esa conclusión no residía solo en proponer un escenario distinto, sino en hacerlo a partir de criterios estrictamente médico forenses, apoyados en la observación de los indicios físicos y en la coherencia interna entre hallazgos, mecanismo lesional y secuencia temporal. Esa nueva lectura obligó a reexaminar el conjunto de la prueba y a valorar si la acusación mantenía una base suficiente desde el punto de vista probatorio.

Fuentes del ámbito jurídico consultadas coinciden en que una pericial de estas características puede modificar de manera notable la dirección de un procedimiento cuando la etiología de las lesiones constituye el núcleo del debate. No se trata únicamente de determinar si existen daños, sino de establecer con el mayor grado de precisión posible cómo se produjeron, en qué contexto aparecieron y si el relato que se ofrece sobre ellos encuentra un respaldo técnico consistente. En procedimientos especialmente sensibles, esa diferencia puede ser decisiva.

La intervención del perito médico forense Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos situó el análisis técnico en el centro de la causa. Su informe no se limitó a cuestionar una versión previa, sino que expuso de forma razonada por qué ciertos elementos considerados incriminatorios podían admitir una explicación distinta sin vulnerar la lógica médico legal. Esa aportación permitió introducir un margen de duda relevante sobre la hipótesis acusatoria y llevó al tribunal a revisar con profundidad la consistencia del material probatorio disponible.

Finalmente, la resolución judicial concluyó que no había quedado acreditado que las lesiones fueran producidas como indicó la denunciante, parafraseando un alto porcentaje del informe del experto, por lo que se acordó su absolución. El pronunciamiento puso fin a una causa que, en su arranque, parecía orientada en sentido contrario y que terminó evidenciando la importancia de diferenciar entre una primera impresión y una reconstrucción pericial técnicamente fundada.

Más allá del caso concreto, la actuación de Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos vuelve a subrayar la función que desempeña el perito médico forense en la Administración de Justicia. Su papel no consiste en reforzar un relato prefijado, sino en comprobar si los datos objetivos permiten sostenerlo. Cuando la valoración de unas lesiones puede condicionar la libertad, la reputación o la responsabilidad penal de una persona, la medicina legal adquiere un peso central que trasciende lo meramente documental. La pericial independiente de Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos ilustra cómo la solvencia técnica puede alterar el rumbo de una causa y convertirse en un factor decisivo para la correcta administración de justicia.